Entrenamiento · Seguridad y rescate

¿Es justo que se cobren los rescates en la montaña en Argentina?

Un debate en Argentina, y en muchos países del mundo, donde se pone de manifiesto las leyes, la ética, lo acostumbrado y sobre esto lo más peligroso, la ignorancia

CCAM

Edición: CCAM



Nota publicada el  22/11/2017 -

Hace pocos días se extravió una familia de turistas en el Champaquí (Córdoba)… enseguida en los comentarios de la nota en el diario “La Voz” aparecieron los lectores indicando cosas como “…¿cuándo van a multar o encarcelar unos días a los irresponsables…?... y lo mínimo que deben hacer además de cobrarles los costos del rescate…” u otros que dicen “…quién paga los gastos de movilidad de los rescatistas??...” mientras que otro opina “…es sabido que nadie puede escalar los cerros sin un guía y el que lo hace y ocurre esto deberán pagar con grandes multas…”. En contraposición a estas posturas negativas también hubo otras que expresaban “…que decir sobre el trabajo de informar y pevenir al público que la nota no brinda? No estoy de acuerdo con multas… si con brindar información y prevención por parte de los medios y de los clubes de senderismo que existen y son muchos. Educación e información para que todos podamos disfrutar a salvo de nuestras sierras sin perjuicio de nuestro patrimonio ni de nuestros derechos…” y otros en similar sentido.

Para muestra basta un botón suele decirse… este debate y estas posturas suelen repetirse cada vez que hay un accidente, un perdido o simplemente un demorado en las montañas o sierras. Y no sólo es un debate en Argentina, sino en muchos países del mundo. No vamos a solucionar el tema con esta nota, pero si a fijar posturas y principios que creemos deberían seguirse.

Rescate de un escalador español en el Lanín, realizado por especialistas del ICE (Incendios, Comunicaciones y Emergencias).Foto: Prensa Parque Nacional Lanín


¿Qué ocurre en el mundo?

 

Es un viejo hábito de nuestra sociedad tratar de justificar una postura diciendo “en el resto del mundo es así”, afirmación que suele tener un nulo sustento en la más elemental investigación que la avale. Para no cometer ese error pero sí dar un panorama resulta interesante hacer un veloz paneo sobre qué ocurre en otros lugares.
 

Empecemos por lo que a muchos les gusta tomar como “grandes ejemplos”, o sea Europa y Estados Unidos. Pues bien, hay de todo allí. Hay lugares donde los rescates se cobran (por ejemplo en Estados Unidos) pero vale aclarar que allí “todo tipo de atención de rescate y médica se factura”, no es algo que sea sólo al montañismo.
 

Mientras tanto en Europa es variado, la regla es que cuando el rescate es realizado por un organismo público (gendarmería o CRS en Francia, la Guardia Civil en España, el CNSAS en Italia, en Suiza sólo pagan los extranjeros) NO se paga o los costos son reembolsados por los servicios de seguridad social, mientras que en Alemania los gastos pueden ser cubiertos por la seguridad social o seguros y en Austria si lo hace el Ejército es gratuito, pero si está a cargo de los Land hay recobro, el cual también puede ser cubierto con seguros.
 

Caso aparte -como casi siempre- son los países nórdicos donde los rescates son GRATUITOS inclusive para los extranjeros.
 

Sus particularidades tienen por supuesto tanto los países que reciben montañistas que van al Himalaya así como los que visitan el Kilimanjaro (mayor altura africana). En ambos casos de por sí hay costos que se vinculan a “generar mano de obra local” y en esos costos (permisos, guías obligatorios, servicios) en algunos casos se contemplan ciertos gastos de rescates pero de no ser así, hay costos ya no porque haya que pagarlos sino porque es la forma de que se realicen. Lamentablemente está fresca la experiencia vivida con la desaparición del querido Mariano Galván como para que sea necesario abundar en detalles.
 

Vayamos más cerca, a nuestra América. Empezando por centro-américa (México, Guatemala, Honduras, Costa Rica) en estos países NO se cobran los rescates. Tampoco se cobran en Venezuela y Colombia. Mientras que en Perú y Ecuador hay cobros de rescates en determinadas montañas o sectores (por ejemplo en la zona de Huaraz y en el Chimborazo, sólo si ingresaron a este sin autorización o sin guía) pero no en la generalidad del país.
 

Cuando más nos acercamos a nuestro país y averiguamos que ocurre en “nuestros vecinos montañosos”, o sea Chile, Bolivia y Brasil, aprendemos que en ningún caso en ninguno de esos países se cobran los rescates.
 

Cabe señalar que en todo rescate “contratado” a privados obviamente puede tener el costo que éstos deseen cobrar, siempre nos estamos refiriendo a los servicios de rescates prestados por los Estados. Otro aspecto a tener en cuenta es en qué lugares hay posibilidades y recursos (tanto humanos como en equipo) para realizar rescates que, no se puede ignorar, en ambientes agrestes, hostiles, salvajes, son imposibles de garantizar e incluso, muchas veces, de concretar.
 

En el intercambio con amigos montañistas de otros países me resultó interesante la reflexión del chileno Claudio Andrés Gonzalez Yañez quien afirmó -en el grupo de la Federación de Andinismo de Chile- que “…cuando los rescates se hacen con recursos públicos no debieran cobrarse pues se trata de un servicio público. Entonces algunos instalarán el discurso de que los rescates no son prioridad… o que no hay recursos suficientes, seguidamente se afirmará que los privados son más eficientes, los que estén tras el lobby o tengan información privilegiada constituirán tempranamente empresas de rescate y se mostrarán algunas primeras gestiones solidarios para luego sostener que si hubiera mayores incentivos podrían invertir más… y sostendrán que para esos rescates se requieren especialistas y argumentarán que en países avanzados ya se hace así. Entonces algunos parlamentarios tomarán el asunto como tema de campa y presentarán un proyecto de ley que incluya el cobro de seguros a todos los que se aventuren en las montañas… entonces se develerá quienes eran los reales promotores de toda esta mercantilización de los riesgos. Ojalá los hermanos argentinos sean cautos y logren frenarlo a tiempo… abrir esa puerta sería una caja de Pandora…”


¿Y en Argentina?

Hasta hoy en Argentina no hay antecedentes del pago de rescates y no es porque no puedan pretender exigirse.
 

El grupo de rescate pionero, el que tiene historia, el que puede referirse al tema con experiencia, es la Comisión de Auxilio del Club Andino Bariloche que ya tiene más de 80 años de historia realizando cientos y cientos de intervenciones de todo tipo… y nunca cobraron un rescate!! Ello de por si sólo demuestra que el sistema de una forma u otra funciona. Algunos podrán decir que es injusto… podemos decir que si, que es tan injusto como el sistema de Bomberos Voluntarios que impera en el país donde personas arriesgan sus vidas para proteger a otros, muchas, quizás la mayoría de las veces, de situaciones provocadas por negligencia y hasta violación de las normas. Los grupos de rescates terminan siendo como “los bomberos” pero de las montañas (muchas veces los mismos bomberos cumplen esas tareas). Entonces la cuestión empieza a ser más profunda, porque limitarla a la montaña como si fuéramos los montañistas “bichos fuera de la sociedad” es injusto y es un trato que no respeta algo básico: la igualdad ante la ley.
 

Volviendo al caso con el que inicié esta nota, los “rescatados” en el Champaquí no eran montañistas… eran meros turistas que fueron a Córdoba atraídos por sus sierras y porque toda la parafernalia de la promoción turística les dice “vení a disfrutar la naturaleza en las sierras”… es bastante bipolar y hasta hipócrita que luego de tanta promoción, invitación y falta de información específica, se les pretenda “cobrar” por una situación que nadie les advirtió u orientó que podía ocurrir. Y reitero, ni siquiera hablamos de montañistas y este es el primer aspecto. La inmensa mayoría de los “rescates” e intervenciones en las sierras y montañas de Argentina no son para montañistas habituales sino para turistas -en algunos casos incluso con prestaciones de servicios- y, en los últimos años, incluso para “corredores de aventura”, sin contar otras actividades en ambientes de montaña como las acuáticas y las aéreas. Incluso más… cuando se movilizan enormes recursos -económicos y humanos- para “rescatar” personas varadas en autos en rutas por nevadas o aludes, ¿eso no se considera también rescates?.
 

Una familia de turistas rescatados en el cerro Champaquí, Córdoba. Foto: www.lavoz.com.ar


Por ello el primer aspecto a considerar es que TODA legislación o norma que establezca cobro de rescates teniendo como base exclusivamente la actividad que se practica es “discriminatorio” y por consiguiente violatorio del principio de igualdad ante la ley.
 

En España por ejemplo, en el Principado de Asturias se ha establecido el cobro de rescates (excepto que lo haga la Guardia Civil, en ese caso no se paga) y la obligación es para múltiples disciplinas, básicamente para aquellas que se hacen en la naturaleza, concretamente se “grava” la realización de submarinismo, windsurfing, flysurf, esquí acuático, wakeboard, wakesurf, skurfer, motos de agua, bodyboard, surf, rafting, hydrospeed, descenso de cañones y barrancos, puenting, kite buggy, quads, escalada, espeleología deportiva o «espeleismo», bicicleta en montaña, motocross, vehículos de motor en montaña, raid y trec hípico, marchas y turismo ecuestre, esquí, snowboard, motos de nieve, paraski, snowbike, mushing, skibike, aerostación, paracaidismo, salto base, vuelo de ultraligeros, vuelo en aparatos con motor y sin motor, parapente, ala delta y parasailing, y cualquiera otra que tenga a éstas como base. La paradoja es que no está incluido el senderismo ni el trail running, justamente las dos disciplinas que en esa región más “rescates” producen. Pero si en Argentina prospera -como ya veremos que se intenta- “penalizar” solamente al montañismo… la injusticia será aún mayor.
 

Como ya afirmé, en Argentina no se han cobrado rescates pero existen hoy dos situaciones gravísimas que van en ese camino: Aconcagua y Catamarca.
 

En Aconcagua y se cobra por el ingreso al Parque Provincial hace años y ese ingreso contempla una serie de gastos que, siempre se entendió, cubría los “rescates” o sea… ya lo estaban cobrando. Sin embargo ahora pretenden cobrarlos aparte. Me remito aquí a las reflexiones del montañista Gabriel Cabrera quien, además experto montañista y guía posee 48 cumbres en el coloso americano en más de 30 años de visitarlo. Ha afirmado respecto de este intento cobrar los rescates “…Si queremos dejar de lado lo humanitario… veámoslo como un "negocio". La media del arancel de ingreso, entre subtemporadas Alta, Media y Baja, entre argentinos y extranjeros, entre diferentes rutas, y entre con o sin prestadores, es de unos USD 250 para la cumbre y USD 100 para el trekking, con una afluencia de 7000 visitantes, unos 2500 a la cumbre y unos 4500 al trekking, tenemos un ingreso aproximado de 1.3 millones de dólares. A eso sumemos los "laguneros" que ingresan 120000 al año y pagan 20 dólares por auto, lo que hace otro millón. Digamos redondeando, 2 millones de USD.

El helicóptero cumple una función fundamental en el rescate de andinistas. Parque Provincial Aconcagua.
Foto: www.elintrusodigital.com


Pagando 20 guardaparques a 25 lucas por mes los cuatro meses, y otros 30 dos meses de mayor carga, el gasto es de unos 3 millones de pesos, que con cargas sociales se va a 4 millones y medio, lo que hace 250 mil dólares. Se requieren unas 75 horas de vuelo por temporada, lo cual a 800 USD la hora hace escasos 60 mil dólares. Muchas de las evacuaciones se hacen en los vuelos regulares del parque pero supongamos vuelos extra en algunas evacuaciones y redondeamos en 80 mil dólares. Si sumamos vuelos de búsqueda (que son muy pocos) exageremos llevando la cifra a 100 mil dólares. Ya llevamos 350 mil dólares. A eso sumemos una logística de 150 mil dólares, suma medio millón de dólares. Es decir quedan 1 millón y medio de recaudación directa. A eso sumémosle que los 7000 visitantes gasten 5 días en Mendoza, es decir unos 12 mil pesos entre hotel, comida y provisiones para la expedición y alquiler de equipos, lo cual hace un gasto de casi 100 millones de pesos, que entre IVA y IIBB recaudan otro millón de dólares. PUES BIEN: ES UN NEGOCIO REDONDO, y es miserable que un ciudadano que SE BENEFICIA de este movimiento de la economía quiera que les cobren los rescates a los visitantes que dejan tremenda cantidad de guita… Hagan un par de cuentitas: nos quedan en la provincia 2 millones y medio de dólares y los rescates cuestan escasos 50 mil dólares (exagerando), es decir el 2%. ¿Quieren que sea el 5%, el 10%? No mueve la aguja, sigue siendo un disparate…”.
 

En Catamarca es peor lo que se propone, porque abarcaría toda la Provincia. Hay un proyecto de ley -que NO ES lo que han propuesto los montañistas organizados- que establece en su art. 8 que “…el Estado Provincial estará facultado para exigir una restitución del gasto emergente de los operativos de búsqueda, localización y/o rescate a toda persona o grupo de personas que practiquen ascensionismo o escalada y que de algún modo incumpla con lo establecido por el art. 6°..”. En tanto el mencionado artículo 6 sostiene que toda persona que practique ascensionismo o escalada deberá acreditar idoneidad “…la cual será otorgada por la Autoridad de Aplicación…” y si bien también habilita a otorgar la idoneidad a organizaciones de montaña con reconocimiento nacional o provincial, todo ello queda sujeto a la reglamentación que “…establecerá el procedimiento y las características para tales fines…”.

Rescatistas en acción, Aconcagua, Mendoza. Foto: www.elintrusodigital.com


Esto significa llevar la conflictiva situación que existe en Lanín hoy… a todo el territorio provincial de Catamarca, ya que dependerá de la “autoridad de aplicación” las condiciones que deberán cumplirse para la idoneidad así como los espacios, épocas y otras condiciones para acceder a la montaña. Y cuando alguien no cumpla “de algún modo” ello se le cobrarán la búsqueda o rescate.
 

Pero el proyecto va más allá aún y consolida el régimen sancionatorio vigente en la pésima Ley 5422 (arts. 19 y 21) transcribiéndolo casi textualmente en los arts. 11 y 12 del mismo. En Catamarca los que practiquen ascensionismo y escalada sin la autorización de la “autoridad de aplicación” son sujetos pasibles de cobros de rescates, sanciones y reparación de daños y perjuicios.
 

Esta norma no sólo es redundante respecto de los daños y perjuicios (ya están contemplados en la legislación del código civil y ese régimen es el que debería aplicarse) sino que consolida una enorme desigualdad ante la ley ya que no existe ninguna otra actividad en la Provincia de Catamarca con tales restricciones y condicionamientos. Será más fácil volar en aladelta o hacer carrovelismo que subir un cerro. O incluso ascender cerros en vehículos motorizados!!
 

El año pasado, el conjunto del montañismo catamarqueño (Agrupación Calchaquí, Trekking Catamarca, Grupo Cumbreros, Museo Los Seismiles y montañistas de Belén y Antofagasta de la Sierra), más organizaciones nacionales (Federación Argentina de Sky y Andinismo, el CABA y Andinistas Argentinos), elaboramos en conjunto, suscribimos y entregamos a las autoridades provinciales una propuesta de ley de “Fomento del Montañismo” que es casi la misma que se presentó este año en el Congreso Nacional. Ese proyecto fue dejado de lado y las autoridades, ingresaron el proyecto que criticamos, sin el aval expreso de organizaciones de montaña y que atentará -de prosperar- contra el desarrollo de la misma y será un pésimo ejemplo para otras jurisdicciones.

Un conjunto del montañismo catamarqueño, más organizaciones nacionales, elaborando una propuesta de ley de“Fomento del Montañismo”. Foto: Mauricio Bianchi


Reflexiones finales

Hasta hoy en Argentina no hay antecedentes del pago de rescates y es de esperar que siga así. Para ello será necesario que no prosperen pésimas propuestas como la de Catamarca.
 

Los montañistas no pretenden ser más que nadie… tampoco menos. El principio es la igualdad ante la ley. Los montañistas pagan impuestos como cualquier otro y las jurisdicciones que fomentan como atractivo las sierras y montañas generan ingresos a partir de ello. Poner trabas al desarrollo de la actividad no sólo es una discriminación sino incluso una torpeza desde el punto de vista de la gestión turística y ni hablar de un atentado contra el fomento del deporte y la recreación social saludable.
 

Los municipios y provincias que hacen del atractivo acuático una actividad sustentable lo tienen muy en claro, habilitan espacios públicos de acceso a mares, ríos, lagos y arroyos, pagan de los erarios públicos sistemas de prevención y rescate que NO le cobran a los que los visitan. Tampoco le exigen a la gente que les “demuestren” que saben nadar o siquiera flotar. E incluso cuando no es “temporada” y no hay bañeros… no cierran las playas! Obviamente como hacerlo… pues tampoco podrán con las montañas.
 

Las propuestas de normas como la que intentan en Catamarca terminará produciendo efectos negativos, por empezar que muchos decidan no ir allí, en segundo lugar que otros lo hagan “ilegalmente” conforme una norma que se considere repudiable y en tercer lugar, cuando el Estado no pueda “garantizar” un rescate (porque a ello se compromete en la norma), será pasible sin dudas de juicios que terminarán pagando con los impuestos todos los catamarqueños. Y creer que eso no pasará es una ilusión por algo muy sencillo que es la base de la cual debemos partir… es imposible “garantizar” un rescate en las montañas…
 

Quizás deberían mirar a su vecina Salta que tiene en trámite propuestas positivas (recomiendo la lectura de la nota de Fernando Martinis en este mismo sitio) y tomo las palabras del autor que señaló “…la responsabilidad del Estado en un rescate de montaña es como cuando existe un accidente de tránsito en la vía pública, el Estado asiste, para ellos esta el Samec, o sea hay un esquema de asistencia y nadie piensa en cobrar ese servicio porque todos como ciudadanos hacemos nuestros aportes para que el Estado tenga ese tipo de asistencia…”.
 

Repasando todo lo escrito y las experiencias de diferentes regiones queda a cada uno si cuando toma los “modelos avanzados” quiere tomar los de los que cobran… o los de los -para mí- más avanzados que… no cobran sencillamente porque su legislación contempla “…que cualquier persona puede disfrutar de la naturaleza en forma gratuita…”.


Mauricio Bianchi: Es abogado, periodista y docente además de montañista y fotógrafo. Redactor y co-autor de proyecto de reforma sobre accesos para el código civil argentino y del proyecto de ley nacional de “Fomento del Montañismo”. Ha sido fundador del club de montaña “Andinautas y socio fundador del “Club Andino San Luis”, siendo actualmente Presidente del mismo.
 

Uno de los rescates realizados en el Everest. Foto: www.conexionbrando.com

 

Proyecto de Ley para la Provincia de Catamarca. Imagen: Mauricio Bianchi

Proyecto de Ley para la Provincia de Catamarca. Imagen: Mauricio Bianchi

 

 


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